Recursos económicos del Ayuntamiento

Recursos económicos del Ayuntamiento

La Ley fundamental que rige la obtención de recursos, su gestión y el procedimiento de cobro es la Ley Foral 2/1995, de Haciendas Locales de Navarra.
Los recursos económicos del Ayuntamiento pueden ser:

  • Recursos no tributarios.
  • Los recursos no tributarios son aquellos generados por el patrimonio del Ayuntamiento.

Los principales ingresos no tributarios del Ayuntamiento de Cintruénigo son:

  • El obtenido por la venta de un terreno de propiedad municipal.
  • Los de las multas de tráfico.
  • Los de sanciones por infringir normas de tramitación.
  • Los obtenidos por el canon de las tierras comunales.
  • Los ingresos por aquellos servicios o actividades del Ayuntamiento siempre que no sean de recepción obligatoria o se presten por el sector privado.
  • Recursos tributarios.

Los principales ingresos tributarios del Ayuntamiento de Cintruénigo son:

  • Impuestos.
  • Contribución Urbana.
  • Contribución Rustica.
  • IVTM
  • IAE
  • ICIO
  • Plusvalias
  • Tasas
  • Aguas
  • Escuela de Música
  • Uso de Locales
  • Cementerio
  • Aprovechamiento del Suelo (Veladores, Ocupación de Via Publica, Maquinas Expenderoras,…)
  • Vados
  • Rodaje
  • Parejas Estables
  • Hierbas (Verificar que no sea No Tributario)
  • Venta Ambulante (Verificar que no sea No Tributario)
  • Puestos de Feria (Verificar que no sea No Tributario)
  • Expedición y Tramitación de Documentos
  • Licencia de Obras
  • Contribuciones especiales

Estos recursos deben estar establecidos previamente mediante Ordenanzas Fiscales o por Leyes, eso sí los Ayuntamientos deben acordar previamente al inicio del año en el que se vayan a aplicar que tributos se van a girar y cuanto van a costar esos tributos a los ciudadanos.

Participación en los impuestos del Estado y de Navarra.
Dentro de la Constitución Española, se contempla que los Ayuntamientos participarían de los ingresos tributarios del Estado y las Comunidades Autónomas como forma de financiación de los gastos ocasionados por los servicios que prestaban.
El Gobierno de Navarra establece por Ley un fondo para las Entidades Locales de Navarra para toda la legislatura. Este fondo se divide en dos grandes apartados, uno de transferencias corrientes que permite complementar la financiación obtenida de los recursos tributarios del Ayuntamiento y de esa forma pagar los servicios públicos que presta y otro de transferencias de capital que financia inversiones.

Subvenciones recibidas por el Ayuntamiento de la Comunidad Europea, el Estado o la propia Comunidad Foral de Navarra.
Además del fondo de participación en impuestos, el Ayuntamiento puede percibir subvenciones por parte del propio Gobierno de Navarra, del Estado, de la Comunidad Europea, de Mancomunidades o Consorcios e incluso de particulares o fundaciones.
Existen servicios prestados por los Ayuntamientos a los que el Gobierno de Navarra tradicionalmente ha establecido líneas de financiación vía subvención. En Cintruénigo, se desarrollan programas en materia de educación infantil de 0 a 3 años, servicios sociales, contratación a desempleados, e incluso actividades de carácter cultural, deportiva o de juventud que cuentan o han contado en mayor o menor medida con financiación por parte del Gobierno de Navarra.
El endeudamiento es la forma de financiación por la que el Ayuntamiento percibe dinero prestado. Este dinero se lo pueden prestar las entidades financieras o a través de emisión de activos financieros que se colocan en el mercado de capitales.
El Ayuntamiento de Cintruénigo, ha utilizado este sistema de financiación para acometer diversas obras a lo largo de los años. A fecha 31 de Diciembre de 2014 tiene una Deuda Viva de 4.681.754,19 euros.

En la actualidad, dada la situación económica actual, el Estado ha establecido un tope máximo para el endeudamiento de los Ayuntamientos del 110% sobre los ingresos corrientes. El Ayuntamiento de Cintruénigo se encuentra en las últimas cuentas aprobadas en un porcentaje de deuda del 75,74 % sobre los ingresos corrientes.